Cámara Aseguradora ratifica legalidad de pólizas menores a un año

Contrario a la posición de la Superintendencia de la Actividad Aseguradora (Sudeaseg), la Cámara Aseguradora de Venezuela (CAV) reitera que las pólizas menores a un año son legales. De acuerdo con la Cámara,  la renovación de los contratos para los seguros de vehículos se puede realizar no solo anual sino mensual, trimestral o semestralmente, dependiendo de la compañías.

“La Cámara Aseguradora de Venezuela preocupada por las reacciones y dudas generadas por las propuestas del sector, quiere dejar claro que, de conformidad con la Ley de la Actividad Aseguradora y la Ley del Contrato de Seguros, existen pólizas con vigencia distinta a un año, para que aquellos productos autorizados hasta la fecha con dichas características, puedan ser perfectamente comercializados por las empresas para la mejor protección de los asegurados”, refiere la CAV a través de una nota de prensa.

La Sudeaseg  informó, en referencia a la Ley de Contrato de Seguro, que las pólizas no pueden tener vigencia menor a un año.

La CAV explica que están en la “necesidad de ofrecer productos y servicios con plazos menores para el beneficio de los asegurados” y agrega que “algunas afiliadas han cumplido con esas instrucciones y otras ya tienen planes aprobados con mucha anterioridad”.

De acuerdo con Alesia Rodríguez Pardo, presidenta ejecutiva de la Cámara,  el sector  siempre ha actuado dentro del marco de la ley. “El pago menor a un año beneficia al asegurado, por cuanto los montos se pueden dividir, y ello ayuda a soportar la pérdida de su poder adquisitivo”.

Afirma que en Venezuela ya hay experiencia con contratos con vigencia menor a un año. “Por ejemplo, los seguros de transporte, así como las pólizas contratadas por el sector público para ajustarse al ejercicio presupuestario”, explicó  Rodríguez Pardo.

Sostiene que “de acuerdo con la ley, la duración del contrato de seguros se establece a voluntad de las partes, y cuando éstas no lo refieren se establece que es por el período de un año”. Reiteró que “en un país con alta inflación es ilógico pensar que el precio se puede mantener anclado por 12 meses, cuando los insumos necesarios en caso de siniestro suben mes a mes”.

Este tipo de medidas se han puesto en funcionamiento en otros países de Latinoamérica, como Argentina, Brasil, Chile y Perú, según se apunta en el boletín de prensa de la CAV.

Fuente: efectococuyo.com