España: Condenan a la aseguradora de un ginecólogo coruñés a indemnizar a una mujer por rotura de vejiga tras una cesárea

Un juzgado de Primera Instancia de A Coruña ha condenado a la aseguradora de un ginecólogo coruñés a indemnizar por todos los daños y perjuicios causados a una paciente por una cesárea programada que le produjo una rotura de la vejiga.

Así lo ha informado la asociación El Defensor del Paciente, que ha explicado que los hechos, cuya demanda ha sido dirigida por el despacho Castreje & Abogados, se remontan al año 2013 cuando la paciente, tras una cesárea practicada por dicho ginecólogo, comenzó a mostrar sangre en la orina ya al día siguiente de la cesárea, «además de íleo paralítico, insuficiencia renal e infección, datos que no fueron tenidos en cuenta tras cinco días de estancia de la paciente en la clínica privada».

Tras la prueba practicada en el juicio, se demostró, según explica la asociación, «que la intervención de cesárea puede afectar a las vías urinarias» y que con sangre en la orina hay que sospechar de «rotura vesical». «Era necesario estar atentos con el fin de controlar el estado de la vejiga, lo que no se hizo en el postoperatorio siendo imperdonable no hacerlo», ha lamentado.

Al respecto, ha recordado la asociación que «no fue hasta el quinto día de los hechos, ante la no mejoría de la paciente cuando, tras consultar con un urólogo, se tomaron las decisiones adecuadas».

La paciente, «cuya vida estuvo en peligro», según destaca El Defensor del Paciente, fue intervenida de urgencia al sexto día del postoperatorio por rotura intraperitoneal de la vejiga, «hecho que se pudo diagnosticar con anterioridad», según apostilla.

Ahora el juzgado da la razón a la paciente, cuya demanda ha sido tramitada por Elvira Blanco Rielo, abogada del despacho coruñés Castreje & Abogados, y señala que «existe la negligencia o infracción de las normas médico-científicas exigibles al facultativo asegurado por la compañía de seguros AMA».

Por ello, condena a la aseguradora a indemnizar todos los daños y perjuicios causados a la paciente con los intereses del artículo 20 de la Ley del contrato de seguro.

SECUELAS

«Afortunadamente, tras someterse a esta cirugía de extrema urgencia las secuelas que le quedaron a la paciente fueron mínimas, pero el hecho puedo haber sido muy grave», según han señalado fuentes del bufete de abogados.

La sentencia no es firme y puede ser recurrida por las partes ante la Audiencia Provincial de A Coruña.

Fuente: lainformacion.com