..:: Seguros Guia ::..

Los vehículos con seguros a terceros también serán indemnizados en catástrofes

El Ministerio de Economía extenderá las indemnizaciones que paga el Consorcio de Compensación de Seguros (CCS) en caso de daños por inundaciones o terremotos a todos los vehículos con seguro y no sólo a los que lo tengan contratado a todo riesgo, como hasta ahora. Esta iniciativa se recoge en un proyecto de Orden Ministerial aprobado el pasado 4 de noviembre y que entrará en vigor el 1 de julio de 2016.

Los daños a vehículos son muy comunes cuando se produce alguno de los supuestos extraordinarios que cubre el Consorcio, como los efectos de las lluvias torrenciales, desbordamiento de ríos, granizo y grandes temporales en general. Hasta ahora, sin embargo, los conductores con seguros más básicos estaban desprotegidos pues el CCS no se hacía cargo de esos desperfectos.

El Consorcio es una entidad empresarial pública, que depende del Ministerio de Economía a través de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones. Funciona como una especie de fondo de garantía asegurador para determinados siniestros, nutrido con recursos de las propias aseguradoras. En cada póliza, las compañías cobran al titular una pequeña cantidad o recargo destinado al Consorcio, que sirve para que éste pueda hacerse cargo de los daños en caso de catástrofe.

Para calcular las indemnizaciones por riesgos extraordinarios, el CCS aplica una tasa propia sobre los capitales asegurados dependiendo del siniestro. Por ejemplo, para daños en viviendas y comunidades de propietarios, ascendería al 0,08 por mil euros del capital asegurado; para daños en oficinas sería de un 0,12; para comercios, centros comerciales o almacenes, del 0,18 por mil y para automóviles, una cantidad fija según el tipo de vehículo. Por ejemplo, para turismos, 3,50 euros.

Daños por coches robados

Entre las principales funciones de este organismo destaca el aseguramiento directo de una serie de riesgos que el mercado no cubre, como sucede con las catástrofes que afectan a los vehículos a motor o los daños causados por automóviles sin asegurar o robados. Según explica el Consorcio, el legislador entiende que no se puede circular sin seguro, pero también asume que no se puede obligar a las aseguradoras a asumir «determinados riesgos», algo que también sucede en el seguro de caza o el obligatorio de viajeros.

Aunque se haya contratado con una compañía privada, el CCS también cubre en determinados ramos profesionales los daños causados por supuestos de la naturaleza como ciclones, terremotos o inundaciones. Un ejemplo: según los datos más recientes, correspondientes al tercer trimestre de 2015, el organismo destinó entre 11 y 13 millones de euros a indemnizar a los afectados por los 3.135 siniestros causados por las inundaciones que se produjeron tras las lluvias torrenciales caídas el 3 y 9 de septiembre en el sureste peninsular y Baleares. También son cubiertos por el CCS los desperfectos derivados de acontecimientos político-sociales – como el terrorismo-, que son responsabilidad civil de las Fuerzas Armadas y Fuerzas de Seguridad del Estado y que no son asumidos por las aseguradoras privadas.

Fuente: elcorreo.com

Salir de la versión móvil