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Europa refuerza la protección a las aseguradoras minoristas

La nueva Directiva de seguros que entró en vigor ayer busca mejorar la competencia entre los distribuidores.

La nueva Directiva 2016/97 del Parlamento Europeo y del Consejo sobre la distribución de seguros, que entró en vigor ayer, amplía la protección de los aseguradores minoristas para «facilitar su integración en el mercado». Por otro lado, la normativa europea refuerza la figura del tomador de seguros, en lo que se refiere a productos de vida con componentes de inversión.

En este sentido, la nueva norma exige ampliar el ámbito de aplicación de los diferentes canales de distribución de los seguros. También, introduce nuevos requisitos para los comercializadores con carácter accesorio a su actividad principal. La Directiva aumenta, además, las sanciones administrativas y refuerza las medidas que se han de aplicar en caso de incumplimiento de las disposiciones esenciales.

Por otra parte, garantiza que «cualificación profesional del vendedor sea acorde con la complejidad de los productos que vende». También aclara el procedimiento de acceso transfronterizo al mercado.

El Consejo de la Unión Europea sostiene que la nueva norma tiene en cuenta la regulación establecida para los mercados en los instrumentos financieros. Sin embargo, permite que los Estados miembros pueden aplicar disposiciones más estrictas en la protección a los consumidores, siempre que éstas sean conformes a la legislación de la UE.

Defensa del consumidor

El texto, que deroga la anterior Directiva 2002/92/CE, establece que todos los consumidores deben gozar del mismo nivel de protección, a pesar de las diferencias entre los canales de distribución. «A fin de garantizar que se aplique el mismo nivel de protección y que los consumidores puedan beneficiarse de normas comparables, en particular en el ámbito de la divulgación de información, es fundamental que haya unas condiciones de competencia equitativas entre los distintos distribuidores», subraya.

«La finalidad de la Directiva es aumentar la protección del consumidor, por lo que algunas de sus disposiciones solo afectan a las relaciones entre empresas y consumidores, especialmente aquellas que regulan las normas de conducta de los intermediarios de seguros o de otros vendedores de productos de seguro», apunta el texto. En este sentido, establece que la venta de productos de seguro debe ir siempre acompañada de un test sobre las exigencias y las necesidades basado en la información obtenida del cliente.

Según el texto, cualquier producto de seguro que se ofrezca al cliente ha de ser siempre «coherente con las exigencias y necesidades de dicho cliente y debe presentarse de forma comprensible para que este pueda tomar una decisión con conocimiento de causa». También, exige que antes de celebrar un contrato debe darse al cliente la información pertinente sobre el producto de seguro, de modo que pueda tomar una decisión con conocimiento de causa.

La norma establece que los Estados miembros deben exigir que las políticas de remuneración de los distribuidores de seguros para con sus empleados o representantes no menoscaben la capacidad de éstos para actuar atendiendo al mejor interés de los clientes ni les impidan formular una recomendación adecuada o presentar la información de una manera imparcial, clara y no engañosa. «La remuneración basada en objetivos de ventas no debe constituir un incentivo para recomendar un producto determinado a los clientes», recuerda.

eleconomista.es/

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