Requisitos para autorizar la solicitud de enajenación de vehículos y otros bienes producto de las recuperaciones y salvamento de siniestros:
- Exposición de motivos detallada de la operación y listado de vehículos o lotes a ofertar, la cual deberá indicar: número de póliza, ramo, número de siniestro asignado por la empresa, marca, modelo, placa, serial de carrocería, serial del motor, año, color, causa del siniestro, condiciones del vehículo (recuperable o no recuperable), valor de los restos o del salvamento estimado por el perito y la suma asegurada.
- Copia de la autorización del perito que efectuó el avalúo de los vehículos a subastar, expedida por el Instituto Nacional de Transporte Terrestre.
- Copia de la Constancia emitida por el Instituto Nacional de Transporte Terrestre donde se evidencie que se hayan desincorporado del parque automotor los vehículos (de ser el caso).
- Copia del Certificado de registro del vehículo.
- En caso de vehículos de pérdida total por volcamiento o accidente de tránsito, copia de las actuaciones administrativas correspondientes.
- Copia de los Documentos de Subrogación de Derechos.
- Copia del oficio del Tribunal o del Ministerio Público en el que se haga entrega formal del vehículo (de ser el caso).
- Copia del cuadro recibo de póliza de seguro.
Dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la compra/venta, el Oficial de Cumplimento del Sujeto Obligado deberá realizar un informe en el que analice la operación, aplicando la Debida Diligencia de conocimiento respecto a los relacionados o futuros relacionados con la empresa adquirente, producto de la enajenación de sus bienes. A tal efecto, deberá tener a la vista:
- Copia de la Declaración de Impuesto Sobre la Renta ISLR de los últimos tres (03) años del comprador.
- Balances o estados financieros del comprador debidamente visado por un contador colegiado independiente de los últimos tres (03) años.
- Documento constitutivo estatutario y última acta de asamblea donde se modifique la composición accionaria del comprador persona jurídica.
Requisitos para autorizar la solicitud de gravar o enajenar predios urbanos edificados:
- Formato de solicitud, el cual contendrá los siguientes requerimientos:
- Exposición detallada de la operación motivo de la solicitud de autorización;
- Descripción del bien o los bienes objeto de la enajenación;
- Bienes que serán sustituidos en las reservas técnicas, de ser el caso;
- Modalidad de pago;
- Cédula de identidad o Acta Constitutiva del comprador.
- Registro de Información Fiscal del Comprador (R.I.F.).
- Declaración del Impuesto sobre la Renta del comprador, correspondiente al último ejercicio económico.
- Opción de compra venta, si aplica al caso.
- Certificación de Gravamen de los últimos 10 años del inmueble.
- Último avalúo practicado por un perito autorizado por la Superintendencia de la Actividad Aseguradora, que no podrá tener una antigüedad mayor de un (1) año a la fecha de solicitud de la enajenación.
- Declaración jurada del origen de los fondos.
- Balance personal (persona natural) o balance general (persona jurídica) del comprador, firmado por un contador público colegiado e independiente.
- Informe detallado del oficial de cumplimiento del sujeto regulado.
Igualmente, la Sudeaseg le invita a visitar nuestra redes sociales, búsquenos en Instagram @SudeasegOficial, Twitter @SudeasegOficial ó Facebook Superintendencia de la Actividad Aseguradora para mayor información.
Fuente: Prensa SUDEASEG