La medida se publicó en la Gaceta Oficial N 40.799. En tal sentido, explican que la finalidad es fijar la cantidad de pólizas solidarias que las empresas aseguradoras están obligadas a mantener y suscribir durante un período anual, a partir de la publicación en la Gaceta.
La providencia agrega que la población asegurable comprende a jubilados, pensionados, adultos mayores, personas con discapacidad, personas con enfermedades físicas y/o mentales y las personas cuyos ingresos mensuales no superen el equivalente a 25 Unidades Tributarias.
Fuente: eluniversal.com